El Ministerio Público (MP) señaló que es “necesario” que el proyecto 245, de acuerdos de pena, se convierta en ley de la República para agilizar procesos penales del sistema inquisitivo que requieren de esta figura, con el fin de que la rebaja de pena se pueda aplicar de forma temprana en los casos de la colaboración eficaz de los imputados.
Delia de Castro, coordinadora de la implementación del sistema penal acusatorio en el Primer Distrito Judicial, explicó que actualmente en el sistema mixto inquisitivo se permite la rebaja de pena, pero no de forma temprana durante el proceso, por lo que se busca esta reforma.
“La reforma es necesaria (...) los acuerdos de pena no limitan el resarcimiento al Estado en el caso de que sean delitos relacionados contra la administración pública”, destacó la funcionaria del MP.
De Castro indicó que el acuerdo de pena o colaboración es una figura que tiene su tradición en Estados Unidos, y en Panamá ha sido utilizada en el sistema penal acusatorio, ya que en las 227 sentencias que se han logrado en los últimos cuatro meses, el 90% ha sido gracias a los acuerdos de pena tras la colaboración eficaz del imputado.
“No es una figura que vamos a utilizar ahora, es una figura que se viene usando desde el 2 de septiembre de 2011 en el sistema penal acusatorio”, sostuvo.
Explicó que los acuerdos de pena serían aplicables a cualquier persona antes de la celebración de la audiencia ordinaria.
Puso como ejemplo que una persona que haya cometido el delito de robo y está a la espera de una audiencia, que se celebrará dentro de seis meses, podría junto con el fiscal y la defensa negociar un acuerdo de pena, siempre y cuando el individuo proporcione colaboración eficaz en cuanto al delito que permita frenar que los hechos sigan ocurriendo.
Indicó que los casos en que se aplicaría la colaboración eficaz son para el crimen organizado e investigaciones judiciales complicadas.
De acuerdo con la funcionaria, sería mucho más fácil obtener la verdad de lo que ocurrió dentro de la organización delictiva por una persona que estuvo adentro, además que esta persona podría señalar a otros implicados en el delito.
“Ese esquema y beneficio que nos da la persona no necesariamente será simplemente hacer un favor a la administración de justicia, sino que conlleva un beneficio para él”, apuntó.
Manifestó que la persona que se someta a la colaboración eficaz no queda exenta de que se le formulen cargos, ya que a partir de esa fase es que podría alcanzar un acuerdo de pena.
Si el individuo proporciona información falsa en la colaboración se le puede imponer la pena máxima que establece el delito que cometió, según lo que disponga la ley.
ES INNECESARIO
Roinel Ortiz, exfiscal auxiliar y defensor legal de varios exfuncionarios del gobierno anterior imputados por casos de corrupción, plantea que el tema de los acuerdos de pena en procesos penales tiene existencia en las normas del sistema penal acusatorio.
“Es innecesario, porque incluso en los procesos abreviados del sistema inquisitivo hay posibilidad de una rebaja de la pena al imputado”, destacó.
Mientras, el abogado Ángel Álvarez tiene un planteamiento similar al de Ortiz. Califica al proyecto de ley 245 como “innecesario y malo”. Argumenta que en el Código Procesal Penal, en su artículo 220, ya se establecen los acuerdos, y que eso está vigente desde el 2 de septiembre de 2011.
Expresó que la figura del acuerdo está vigente y “lo que tiene que hacer la procuradora es aplicar el artículo 220 del Código Procesal Penal, y punto”.
El abogado Armando Fuentes indicó que el proyecto ayudaría a conocer la verdad del escándalo de Odebrecht, pero advirtió que hay que hacerle reformas para que no se abra un espacio a la impunidad por parte de las personas que confiesen algún delito.
OTRA PROPUESTA
En tanto, ayer el diputado del Partido Popular, Juan Carlos Arango, presentó un anteproyecto de ley que crea una comisión que investigue los casos de corrupción y en la que participe la sociedad civil y sectores políticos, entre otros.
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